Tuesday, June 10, 2008

JUSTICIA: El caso de la Presidente del Tribunal Constitucional (III)

El pleno del TC respalda a Casas tras su conversación telefónica con una abogada.

Sólo un magistrado conservador se desmarca del apoyo después de que la presidenta explicara su charla con la imputada por la muerte de su ex marido.

Casas ofreció a sus compañeros su versión de los hechos. La presidenta del Constitucional había explicado a sus allegados que atendió a la letrada por indicación de una vecina. Los jueces también comentaron las informaciones periodísticas relacionadas con el caso.


Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

CAPÍTULO II. DE LAS INCOMPATIBILIDADES Y PROHIBICIONES.

Artículo 389. El cargo de juez o magistrado es incompatible:

7. Con todo tipo de asesoramiento jurídico, sea o no retribuido.




Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

CAPÍTULO IX.- DE LAS NEGOCIACIONES Y ACTIVIDADES PROHIBIDAS A LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS Y DE LOS ABUSOS EN EL EJERCICIO DE SU FUNCIÓN.

Artículo 441. La autoridad o funcionario público que, fuera de los casos admitidos en las Leyes o Reglamentos, realizare, por sí o por persona interpuesta, una actividad profesional o de asesoramiento permanente o accidental, bajo la dependencia o al servicio de entidades privadas o de particulares, en asunto en que deba intervenir o haya intervenido por razón de su cargo, o en los que se tramiten, informen o resuelvan en la oficina o centro directivo en que estuviere destinado o del que dependa, incurrirá en las penas de multa de seis a doce meses, y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.


No hay duda, la Justicia es ciega… y sin posibilidad de recuperación



El caso de la Presidente del Tribunal Constitucional (I)

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José Sobrado García

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