“Los jueces dan la razón a un particular, que alegó que la recalificación de suelos en la zona norte del pueblo fue desproporcionada e injustificada.”
“La Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha dado la razón, punto por punto, al particular, quien defendió ante el tribunal que la propuesta del organismo municipal, corroborada por el Ejecutivo regional, fue desproporcionada e injustificada. En este caso no cabe ninguna duda: lejos de quedarse en las formas, los jueces entran en el fondo del asunto y rechazan de plano la propuesta urbanística que el Ayuntamiento diseñó para Buelna”
“Los jueces incluyen en la sentencia un contundente párrafo de las directrices subregionales de ordenación costera: «No se podrán ampliar en dirección al mar los núcleos rurales ubicados dentro de la franja costera de 500 metros desde el límite exterior de la ribera del mar, salvo en casos excepcionales en que el Consejo de Gobierno lo autorice……..”
“Destacan además la «ubicación singular» de Buelna, junto a la costa, y llegan a calificar de «ilegal» la actuación del Ayuntamiento, consentida posteriormente por el Principado.”
“Los jueces destacan el alto porcentaje de viviendas desocupadas existentes en Buelna, así como el fuerte declive demográfico del pueblo en el último siglo. Señalan que de los 105 habitantes que Buelna tenía en 1986 se ha pasado a sólo 84 habitantes en el año 2004. Esta circunstancia, según los jueces, demuestra que la ampliación del núcleo rural propuesta por el Ayuntamiento de Llanes no se corresponde con las necesidades de los vecinos.”
José Sobrado García
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